La pasada semana, USO celebró la Conferencia de Salud Laboral en la que dirigentes especializados en esta materia, entre otros asuntos, debatieron y analizaron los efectos de la Ley de Mutuas tras su aprobación en el año 2014.

El técnico del Gabinete de Salud Laboral de USO, Javier Pla, explicó durante su ponencia todas aquellas cuestiones prácticas para cualquier persona en su relación de trabajo. Con los cambios que supusieron la aprobación de la Ley de Mutuas y el Real Decreto de Incapacidad Temporal, las Mutuas vieron reforzadas sus competencias, pasando a contar con mayor poder de gestión en todos los ámbitos de la salud laboral, lo que ha condicionado en gran medida desde entonces el reconocimiento de los daños derivados del trabajo.

Como indicó Pla, hoy en día son cada vez más numerosas las sentencias jurídicas en las que se reconocen daños derivados del trabajo (accidentes, enfermedades) que habían sido negados por las Mutuas y el INSS. Esta judicialización del reconocimiento de daños de origen laboral hace que en muchos casos los propios afectados desistan de reclamar el reconocimiento de los mismos.

Javier Pla centró su intervención en cuestiones prácticas sobre incapacidad temporal, ahondando en la duración de la misma, las situaciones que pueden presentarse tras un año, la extinción de esa incapacidad temporal o la gestión de los partes de alta y baja. Además, se dedicó parte de la intervención a analizar los casos de embarazo y lactancia, en las que en ocasiones se producen situaciones de desprotección, incidiendo en la necesidad de contar con evaluaciones de los puestos de trabajo, así como procedimientos y protocolos de actuación cuando no se produce el reconocimiento efectivo de la baja por contingencia de la profesión, para que las mujeres no se vean obligadas a trabajar forzadas, sin un desempeño laboral seguro.

Los casi cuatro años de aplicación tanto del Real Decreto de IT como de la Ley de Mutuas, nos ha dado la razón en lo denunciado durante nuestra campaña Stop Ley de Mutuas. Ambas normas están diseñadas para favorecer los intereses de Gobierno y empresas. El objetivo principal no es mejorar la salud de los trabajadores y trabajadoras estableciendo mejoras en materia de prevención, sino exclusivamente el de ahorrar costes en seguridad Social a partir del recorte en la duración de las bajas, la gestión de la IT común desde el primer día y cargando buena parte de sus costes al Sistema Nacional de Salud al no reconocer como laboral la mayor parte de las dolencias y accidentes. Seguimos manteniendo que esta reforma legislativa fue una gran oportunidad perdida al no incluir medidas en relación a la Salud Laboral de las que sí son verdaderamente importantes, tales como la actualización de los listados de
enfermedades profesionales o las mejoras en su detección y declaración.

Responsables del Sindicato Estatal de Profesionales de Seguridad y Salud-SEPROSS, que participaron en una mesa redonda, abordaron la situación de los servicios de prevención ajenos tras la Ley de Mutuas y la visión sobre los accidentes laborales y su ocultación, así como su incidencia en cuanto a los puestos de trabajo en este ámbito.

En este sentido, destacaron que los profesionales de la Seguridad y Salud son un colectivo que se enfrenta a una escasa valoración y falta de independencia en el ejercicio de su función, así como a una normativa que favorece la externalización de la actividad preventiva. Además, se rigen por un convenio sectorial que no regula ratios ni carga de trabajo.

Otra denuncia con la que tanto USO como SEPROSS coincidimos es en el deterioro progresivo en la calidad de las actuaciones de los Servicios de Prevención Ajeno. La competencia sectorial de los servicios de prevención ajeno y la venta de las sociedades de prevención tras la Ley de Mutuas, se ha traducido en un escenario de “mercadeo” en el que, los empresarios optan por aquel SPA que les supone menores costes, mientras que los SPA apuestan por “tirar precios” para mantener su clientela y captar nuevos clientes, lo que merma gradualmente la calidad de los servicios prestados en PRL. La demencial carga de trabajo y el altísimo ratio de empresas por técnico, hacen imposible que se pueda llevar a cabo una mínima labor preventiva.