USO-Illes Balears ha visto reconocido, mediante sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Palma, el derecho de los trabajadores de los Serveis Ferroviaris de Mallorca a recibir los descuentos salariales que se les habían aplicado por ejercer su derecho a la huelga entre los meses de septiembre y noviembre de 2016.

En esas fechas, fueron convocados 18 paros parciales de una hora y diez minutos. Sin embargo, la empresa SFM descontó a los trabajadores que los secundaron horas completas de su salario e incluso la parte proporcional del descanso semanal en función de sus propios cálculos, no del tiempo efectivo del paro. La USO interpuso una demanda por vulneración del artículo 28.2 de la Constitución Española, que recoge el derecho fundamental al ejercicio de huelga, por considerar que este descuento salarial constituía una represalia encubierta por haber secundado las convocatorias.

La sentencia emitida por la mencionada Sala de lo Social es rotunda al declarar que “la empresa ha vulnerado la huelga (…) al efectuar el descuento salarial por horas enteras y no por las fracciones de tiempo que efectivamente participaron en la misma”, por lo que condena “a reponer a los trabajadores en las cuantías correspondientes”.

Desde USO-Illes Balears, consideran que “el Govern debería ser más responsable con los derechos fundamentales de los trabajadores; no solo de SFM, sino del resto de personal dependiente de la Comunidad Autónoma”.

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