La perspectiva de género es una herramienta fundamental para llegar a la igualdad real

La perspectiva de género es una herramienta básica para alcanzar la igualdad real y efectiva en las sociedades. Aplicar la perspectiva de género supone:

  • Considerar las diferentes posiciones de partida en la que se sitúan mujeres y hombres.
  • Analizar las necesidades prácticas y las obligaciones relacionadas con la vida cotidiana de mujeres y hombres.
  • Conocer e incorporar los intereses estratégicos relacionados con la igualdad de oportunidades, especialmente aquellos que pueden contribuir a la mejora de la posición social de las mujeres y a la construcción de una sociedad más igualitaria.

Centrando la atención en la aplicación de la perspectiva de género en el ámbito de prevención de riesgos laborales (PRL), como punto de partida, cabe indicar que, según la Ley de Prevención, todas las personas en su relación laboral tienen reconocido el derecho a una protección eficaz frente a los riesgos laborales en el trabajo. Es decir, las trabajadoras y trabajadores, por el mero hecho de serlo, tenemos legalmente garantizada esa protección, la cual debe llegarnos a todos por igual.

Desde una perspectiva práctica, es evidente que mujeres y hombres poseen diferentes características biológicas, físicas y mentales, lo que se traduce en que para proteger correctamente a ambos colectivos es necesario considerar su diferente situación en el ejercicio del trabajo.

¿Cómo aplicar la perspectiva de género a la PRL?

Teniendo en cuenta lo indicado, para aplicar la perspectiva de género en la PRL es preciso tener en cuenta, algunas cuestiones como las siguientes:

  • Las mujeres embarazadas y madres lactantes son colectivos especialmente sensibles, por lo que requieren necesariamente medidas especiales de protección.
    Así por ejemplo, la evaluación de riesgos de un puesto de trabajo de “personal de laboratorio” con exposición a agentes químicos tendrá que realizarse de manera claramente diferenciada para mujeres embarazadas y madres lactantes que para el resto de personal. A modo orientativo, un riesgo por exposición a agentes químicos calificado como “tolerable” para un colectivo masculino puede ser en un riesgo “intolerable” para embarazadas y madres lactantes
  • En puestos de trabajo en los que se desarrollan tareas que implican exigencias físicas importantes, como puede ser la manipulación manual de cargas, no es correcto aplicar las mismas medidas preventivas a toda la población trabajadora. Esto es así porque, en el caso de las mujeres, es necesario establecer medidas más restrictivas en la manipulación de pesos, pues de no aplicarlas, se disparará la probabilidad de que sufran lesiones musculoesqueléticas relacionadas con las tareas que realizan. Es decir, si para la población masculina se estiman como “tolerables” unos determinados pesos en el manejo manual, en la población femenina, como norma general, los pesos necesariamente deberán ser inferiores para que la manipulación resulte “tolerable”.
  • En puestos de trabajo en los que se precisa hacer uso de herramientas manuales o eléctricas pesadas, al adquirirlas se debe tener en cuenta su geometría y peso. Una herramienta que puede ser adecuada para la población masculina puede que suponga riesgos importantes para la población femenina, relacionados con que sus dimensiones no estén adaptadas a esta población o que su excesivo peso dispare la posibilidad de que sufran accidentes por movimientos incontrolados.

Evaluación y adaptación de los puestos de trabajo con perspectiva de género, desterrar el “enfoque neutro”

En definitiva, aplicar la perspectiva de género en la PRL implica hacer efectivo el principio de adaptación del trabajo a la persona consagrado en la Ley de Prevención. Es fundamental que las evaluaciones de riesgos de los puestos de trabajo sean específicas y no sigan un “enfoque neutro”, ya que solo es posible proteger a la población trabajadora en su conjunto teniendo en cuenta sus diferencias de base.

De igual modo, es necesario contar en las organizaciones con una política adecuadamente implantada en esta materia, de manera que cualquier decisión que afecte a las condiciones de trabajo considere en el origen las diferencias que existen entre mujeres y hombres. Solo mediante la igualdad real y efectiva es posible lograr una prevención real y efectiva.