• La separación en dos subpuntos de los permisos para atender enfermedades graves o fallecimientos de familiares deja en el aire si hay ampliación en dos días por distancia para los primeros casos

USO, a través de sus secretarías de Acción Sindical y Empleo, y Políticas Sociales, Igualdad y Formación, ha registrado ante los ministerios de Trabajo y Economía Social, e Igualdad sendos escritos de petición de aclaración, interpretación o corrección del RD-ley 5/2023, de 28 de junio, que aprobaba o prorrogaba, entre otras medidas, nuevos permisos relacionados con la conciliación.

El texto, que modificaba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, pasó a dividir en dos subpuntos el artículo 37.3 b). En el nuevo redactado, pasa a dividirse la casuística en dos epígrafes, incluyendo un bis), como sigue:

b) Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.

b bis) Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días.

De esta forma, la ampliación de dos días para un desplazamiento por la causa, puede considerarse solo circunscrita al fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Esta ampliación en dos días, sin embargo, queda sujeta a una interpretación de buena voluntad para los accidentes, enfermedades graves y otros, que se recogen en el primer párrafo.

“Se da, por lo tanto, una discriminación, tanto para las personas cuidadoras como para las cuidadas, cuando el supuesto ocurre lejos del domicilio habitual. Si bien se ha ampliado en dos días el permiso, de 3 a 5, no está claro que esos 5 se amplíen a 7 para atender la necesidad con desplazamiento. Algo que sí quedaba explícito en el anterior redactado”, explica Sara García, secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO.

Por ello, USO solicitó hace una semana la pertinente corrección o interpretación, “por el canal que los ministerios consideren más oportuno, ya que entendemos que en el espíritu de la norma está el ampliar el permiso para todos; pero, en la práctica, muchos trabajadores pueden encontrarse con la negativa a recibir ese permiso y, tal y como se ha redactado la norma, no queda claro que jurídicamente puedan reclamarlo”, advierte García.

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