El calor y las temperaturas que se están registrando inciden en el aumento de la siniestralidad laboral. USO recuerda que, ante extremadas temperaturas que pongan en riesgo la salud del trabajador, este debe paralizar la actividad

Las altas temperaturas de esta nueva ola de calor que estamos sufriendo han dejado ya tres trabajadores fallecidos en Madrid. Desde USO lamentamos profundamente estas muertes y recordamos que los efectos del calor, además, provocan un aumento en la siniestralidad laboral por otros agentes.

Para prevenir los golpes de calor, además de la exposición a excesivas temperaturas por ausencia de climatización o lugares de trabajo difíciles de refrigerar, por trabajo manual en exterior o que exigen un elevado contacto con ambientes calurosos, se han de tener en cuenta también otros factores de riesgo individuales tales como:

  • Enfermedades cardiovasculares, respiratorias y mentales como demencias, Parkinson o Alzheimer.
  • Enfermedades crónicas como diabetes mellitus y obesidad mórbida.
  • Tratamientos médicos diuréticos, neurolépticos, anticolinérgicos y tranquilizantes.
  • Trastornos de la memoria, dificultades de comprensión o de orientación.
  • Enfermedad aguda durante episodio de temperatura excesiva.
  • Consumo de alcohol y otras drogas.

Además del calor, la precariedad también incide en la siniestralidad laboral

La precarización de las condiciones de trabajo repercute directamente en la siniestralidad laboral. A mayor inestabilidad en el puesto, mayor será el índice de incidencia de accidentes de trabajo.

Entre estas actividades con más siniestralidad laboral y que se ven afectadas por el calor podemos incluir el reparto en bicicleta; la reparación de molinos de viento; el trabajo en invernaderos utilizando productos fitosanitarios además de la hostelería; la obra civil y la construcción.

Por otro lado, se dan actividades que no se detienen durante las horas más calurosas del día, ni siquiera en condiciones de calor extremo. Se tiende a aceptar que una amplia y creciente lista de actividades no se pueden interrumpir como:

  • La vigilancia de zonas reguladas, como aparcamientos y aeropuertos.
  • Actividades de seguridad, incluyendo la policía, el ejército, la extinción de incendios y emergencias sanitarias o la vigilancia de edificios o naves desde garitas.
  • La supervisión de sistemas tecnológicos y respuestas a averías.
  • El montaje, mantenimiento y desmontaje de instalaciones temporales de espectáculos, deporte u ocio.
  • La limpieza viaria y recogida de residuos.

Es en este tipo de actividades en las que la la evaluación de riesgos debe incluir con claridad los medios y medidas preventivas que se ponen a disposición de las plantillas para mitigar los efectos del calor extremo. Pues, un error en el desarrollo del trabajo, puede provocar accidentes que perjudiquen al propio trabajador y al resto de la población.

La falta de aclimatación a las condiciones de calor para aplicar comportamientos de adaptación a las altas temperaturas aviva los golpes de calor. El querer ganarse el puesto, trabajar a un mayor ritmo para volver a ser llamado por la empresa, además, genera una serie de riesgos laborales que pueden terminar en accidentes de diferente gravedad por caídas, laceraciones o quemaduras. Los actos inseguros y los errores humanos asociados a los accidentes aumentan a medida que las temperaturas superan los 28º C.

El calor también incrementa el riesgo en el trabajo con diversos agentes como los químicos, el ruido o los agentes biológicos, cuando estos se abordan mediante EPI. Además de ser una fuente de estrés térmico o multiplicarlo, con el calor las personas tienden a reducir su uso o a usarlos de forma inadecuada, en el intento de reducir este factor de estrés térmico. Además, el uso de dispositivos de protección respiratoria dificulta la ingesta, lo que aumenta el riesgo de deshidratación.

Plan Nacional de Actuaciones Preventivas de los Efectos del Exceso de Temperaturas sobre la Salud

El Plan Nacional de Actuaciones Preventivas de los Efectos del Exceso de Temperaturas sobre la Salud, en vigor desde el año 2004, tiene el fin de informar sobre la presencia de riesgos para la salud por exceso de temperatura; cuantificar la intensidad y emitir recomendaciones preventivas a la población para reducir el impacto en términos de morbimortalidad.

Dependiendo de la localización de las empresas, se debe de seguir para la identificación de los niveles de riesgo las alertas emitidas. El Plan refleja el marco de actuación en el nivel nacional y ha venido sirviendo de base a las comunidades para ajustar y adecuarlo a criterios más específicos de su territorio, como variables meteorológicas y zonificación climática o geográfica y, si lo estiman preciso, establecer su propio Plan.

Desde USO observamos que las políticas públicas en temperaturas extremas están enfocadas a la población en general. Es decir, no se tiene en cuenta el deber general de protección de los trabajadores por parte de las empresas frente a todos los riesgos. Las empresas están obligadas a adaptar la organización del trabajo para evitar o reducir la exposición del personal y aplicar medidas para la protección de la salud proporcionando formación sobre procedimientos de primeros auxilios y emergencia.

De igual forma, se ha comprobado que el Plan Especial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social para hacer frente a los riesgos derivados del trabajo a las altas temperaturas no ha resultado como se esperaba. Las actuaciones específicas para proteger a las personas trabajadoras frente a posibles contingencias por elevadas temperaturas no han surtido el efecto deseado.

Desde USO recordamos que, en cualquier caso, las personas expuestas a temperaturas extremas pueden abandonar su puesto si advierten que la actividad entraña un riesgo grave e inminente para su salud. Por ejemplo, si su temperatura corporal supera los 40 grados. La empresa no puede adoptar ningún tipo de penalización, como el despido disciplinario o sanción.

Los delegados de prevención de USO están vigilantes para paralizar las actividades si se dan estas condiciones extremas de calor y avisar a Inspección si las condiciones en las que se realiza el trabajo no son las propicias, pues la siniestralidad aumenta cuando la temperatura ambiental es excesiva.