USO critica que solo el 40% de beneficiarios potenciales accede al IMV mientras que el 68% de solicitudes son rechazadas
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de personas en situaciones de vulnerabilidad económica. Debido a su relevancia y recursos destinados, el Tribunal de Cuentas fiscalizó el IMV en 2022 y 2023, informe publicado en junio de este año. El informe evidencia asuntos pendientes y desafíos respecto al Ingreso Mínimo Vital, entre los que destacan:
• No se vincula a estrategias nacionales de reducción de la pobreza y no tiene un objetivo específico a alcanzar.
• Alcance acotado, llegando solo a un 40% de la población potencialmente beneficiaria.
• Solo un 21% de las personas en pobreza severa recibió el IMV en 2023.
• Únicamente el 31,62% de los solicitantes del IMV entre 2020 y 2023 accedieron a él. O lo que es lo mismo, el 68,38% de las solicitudes fueron rechazadas. Entre los motivos más recurrentes para la desestimación de las solicitudes se encuentra superar los umbrales de renta. El Tribunal de Cuentas señala que no se basa en las rentas actuales, sino en datos del año anterior. Además, se pueden incluir ingresos ficticios o activos de difícil liquidez sobre los que el solicitante no tiene pleno control. Otro de los motivos es la dificultad para acreditar la convivencia y el error en la declaración de integrantes de la unidad en la solicitud. En muchos casos, la falta de actualización del padrón municipal impacta de forma significativa en hogares en riesgo de pobreza y exclusión social.
• El plazo medio de la resolución en 2023 fue de 154 días. En el 42,67% de los casos la resolución llegó a los 8,5 meses de media. Esto supera considerablemente el plazo de resolución máximo de 6 meses establecido por ley.
• La revisión anual de la cuantía provisional se realiza tarde y las reclamaciones de deuda se demoran, dificultando su recuperación.
• El INSS gestiona el IMV a través de dos aplicaciones (A-IMV y PF-PROS@), incrementando el riesgo de errores, ya que ninguna abarca todas las fases del trámite.
• Desarrollo reglamentario de la Ley del IMV está pendiente. Da lugar a criterios heterogéneos y deja inoperantes medidas como el aumento de cuantías por gastos de alquiler superiores al 10% de la renta garantizada (artículo 13.3).
• La renta anual garantizada en 2023 por el IMV era insuficiente y no cubría el umbral de pobreza relativa (60% de la mediana nacional de los ingresos). Por lo tanto, la renta anual que pretende garantizar el IMV es insuficiente para lograr la cobertura del umbral de pobreza severa en todas las comunidades autónomas y en todos los tipos de hogar.
Una prestación esencial que no llega a los que la necesitan
Desde USO consideramos el Ingreso Mínimo Vital como una prestación esencial pero está diseñada como medida aislada y emergente en lugar de acción coordinada. Se aprecia pasividad para hacerla efectiva. La ausencia de desarrollo reglamentario ocasiona criterios heterogéneos y discrecionales, provocando indefensión de los solicitantes.
El IMV esta dejando a muchas personas fuera. Familias que atraviesan situaciones de vulnerabilidad severa no están accediendo a la prestación; hipótesis protectoras que se incluyeron en la Ley del IMV, como el aumento de la cuantía de la prestación por el precio de la vivienda, se encuentran en un limbo jurídico e institucional que los hace inoperantes.
Es por ello que USO exige que el IMV se tome en serio y se garanticen políticas sociales integrales para combatir la pobreza y la exclusión social. Cuatro años después de su puesta en marcha, el IMV sigue sin desarrollo reglamentario, sin una forma única de tramitación, ni criterios homologados. Todo ello ocasiona que llegue a menos de la mitad de las personas que lo necesitan. La pobreza y la exclusión social no se combaten con buenas intenciones, sino con acciones urgentes.
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