El Secretario General Confederal de la USO, Julio Salazar, se ha dirigido por carta a la ministra de empleo, Fátima Báñez, para solicitarle dicha prórroga ya que desde el pasado 1 de enero los trabajadores que sean objeto de suspensión o reducción de jornada están desprotegidos.

El Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para el empleo y la protección social de las personas desempleadas, amplió el plazo para la reposición del derecho a la prestación por desempleo de manera que en la actualidad pueden beneficiarse de esta medida aquellos en los que concurran:

a) Que las suspensiones o reducciones de jornada se hayan producido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013, ambos inclusive.

b) Que el despido se produzca entre el 12 de febrero de 2012 y el 31 de diciembre de 2014.

Tal y como se indica en la norma el objeto de esta medida es continuar favoreciendo la adopción de medidas temporales de regulación de empleo, al no penalizar el consumo de la prestación por desempleo de los trabajadores, que queda reservada para el futuro con los límites que la norma contempla.

Por ello y  tal como se indica también en el texto legal: se sigue de esta manera favoreciendo la flexibilidad interna en las empresas como alternativa a la destrucción de empleo.

Sin embargo, desde el 1 de enero de este año no hay tal protección lo que dificulta notablemente la negociación y adopción de este tipo de medidas, por lo que se producirán más situaciones de rescisión del contrato, ya que nadie querrá arriesgar a consumir la prestación en una suspensión o reducción de jornada cuando no esté claro la viabilidad de la empresa, y por tanto de terminar el ERE en una rescisión de la relación laboral quedando desprotegido al haber consumido previamente la prestación.

Por este motivo desde la USO se ha pedido al ministerio la actualización de esta medida para todos aquellos que estén inmersos en un proceso de esta naturaleza, mediante una prórroga automática de esta mediada en los mismos términos que se prorroga automáticamente el Programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.