Nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería: más facilidades para la regulación y el empleo estable, cambios en los modelos de arraigo

El nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería ha venido acompañado de la aprobación de un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos, un refuerzo del sistema de la seguridad social para ellos y del desarrollo normativo del ingreso mínimo vital. Los principales objetivos de la reforma son crear instrumentos para abordar el fenómeno migratorio en la actualidad y fomentar una migración regular, ordenada y segura, que abogue por el bienestar de las personas migrantes.

El modelo anterior impedía la retención de talento y el cumplimiento de las necesidades del mercado laboral y de aportaciones al sistema, lo que se traducía en unos altos costes sociales y económicos para el Estado. La reforma no solo se fundamenta en dicha premisa. Además, con ella se busca una mayor similitud con las prácticas de los países del entorno, que han demostrado ser más efectivas.

USO celebra la aprobación de la modificación de la Ley de Extranjería, ya que atiende a parte de las reivindicaciones que desde el sindicato hemos manifestado a tenor de la crisis económica que venimos arrastrando desde el año 2020. La normativa hasta ahora vigente no se ajustaba a la realidad social y laboral de España, por lo que consideramos que es necesario reconocer este avance, que repercute positivamente en la vida de las personas migrantes y de todas las personas trabajadoras.

La recuperación económica requiere cambios normativos como este si queremos seguir el ritmo del resto de países europeos que ya han flexibilizado sus normativas en materia de extranjería. Las personas migrantes aportarán su valor en los lugares en los que encuentren más facilidades para documentarse. Te explicamos en qué consiste la modificación.

Un modelo de extranjería más dinámico

Estas son las líneas principales del nuevo reglamento:

  • Adapta las figuras de arraigo a las necesidades actuales.
  • Elimina la exigencia a los estudiantes extranjeros de tres años de estancia para poder incorporarse al mercado laboral, lo que facilita la estancia a los estudiantes de máster.
  • Amplía el canal de cobertura de vacantes, a través de la articulación de vías flexibles para la contratación de trabajadores que se encuentran en el extranjero.
  • Facilita la solicitud de autoempleo desde el extranjero (trabajadores autónomos).
  • Flexibiliza el modelo de trabajo estacional (migración circular), que era más rígido.
  • Cambia el modelo de la gestión de la extranjería, a través de la reducción de cargas administrativas y simplificación de trámites.

Nuevo Reglamento de Extranjería: cambios en las figuras de arraigo

En lo referente a la adaptación de las figuras de arraigo, que irán perdiendo relevancia a favor de la migración en origen, se introduce lo siguiente:

  • Laboral: se limita la figura del arraigo laboral preexistente para personas que se encuentran en situación irregular, pero que han realizado una actividad laboral en situación regular en los dos últimos años y se crea una nueva modalidad de autorización de colaboración con la autoridad laboral ante la lucha contra la economía sumergida (sin tiempo de permanencia previa, acreditando 6 meses de trabajo irregular y favoreciendo la denuncia de terceros).
  • Arraigo social: el contrato a presentar se valorará por su adecuación al SMI y no por su duración, como hasta ahora. Dicho contrato podrá ser inferior a 20 horas en los casos que se acredite menores a cargo, y se podrán presentar varios contratos.
  • Arraigo y reagrupación familiar: se crea un régimen propio del familiar del ciudadano español para mantener en España su unidad familiar; se flexibiliza el procedimiento de reagrupación familiar si afecta a menores u otras personas vulnerables, como las personas con discapacidad.
  • Nueva figura de arraigo por formación: esta nueva figura concede una autorización de residencia, por un periodo de 12 meses, a los extranjeros que han permanecido en España de forma continuada durante un periodo mínimo de dos años. Estas personas deben comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo (existe un catálogo muy amplio para ello) y solo podrán prorrogar dicha autorización una única vez, por otro periodo de doce meses. El contrato, como en el arraigo social, se adapta con el proyecto a la reforma laboral.

Reformas para facilitar la entrada de autónomos y la cobertura de vacantes

En lo que respecta a la situación de trabajadores autónomos que quieran incorporarse desde el extranjero, el nuevo Reglamento de Extranjería supone la simplificación de los requerimientos para justificar los elementos económicos del proyecto migratorio, al eliminar los complejos planes de inversión que se solicitaban hasta la fecha. Además, se incluye el autoempleo en la acreditación de que se está creando empleo, y se une en una sola acreditación la posibilidad de trabajar por cuenta ajena y propia.

En el caso de las vacantes de difícil cobertura, se ha seguido la línea de otros países europeos, al ampliar el listado actualizado de profesiones sin cubrir, que permite contratar a trabajadores que se encuentren en el extranjero. Dicha ampliación atenderá a las necesidades actuales de cada sector económico y las ocupaciones se determinarán por acuerdo de la CDGAE a propuesta del MISSM. Asimismo, ya no se excluye la posibilidad de traer trabajadores extranjeros en las profesiones en las que existen desempleados susceptibles de formación. Por último, se reduce el plazo para certificar que una vacante concreta es deficitaria de 30 días a 8.

Mayor estabilidad para los trabajadores estacionales

La forma en la que se regulaba el empleo estacional resultaba muy farragosa y provocaba la inestabilidad laboral de los trabajadores. En primer lugar, el trabajo estacional siempre ha estado muy limitado al sector agrícola. Pero, actualmente, se necesitan trabajadores de esta índole en más sectores, como el transporte.

Por otro lado, la persona trabajadora estaba siendo convocada cada año para firmar un contrato nuevo, y las autorizaciones se solicitaban para unos meses, con base en cada contrato temporal. Con este sistema, muchas personas llevan retornando a la misma empresa más de 14 años.

El modelo de migración circular introducido en la reforma del reglamento -que ya se ha aplicado en Grecia, Italia o Francia- pretende crear una mayor estabilidad, no solo para las personas trabajadoras, sino también para las empresas, al premiarse el compromiso de retorno del trabajador y reducirse las cargas administrativas.

Con el nuevo Reglamento de Extranjería, las autorizaciones de trabajo para las personas trabajadoras estacionales serán plurianuales, con 4 años de duración, habilitando para trabajar 9 meses al año como máximo. Los contratos plurianuales aseguran al trabajador que será llamado al año siguiente y la autorización puede prorrogarse por periodos de 4 años. O bien se dará la opción al trabajador de poder permanecer con una autorización de residencia y trabajo de 2 años.

La transformación del modelo de gestión de la extranjería

Otro de los puntos que introduce esta reforma, y que no es menos importante, es el de la transformación del propio modelo de gestión de extranjería, que busca una mayor eficacia basándose en la aplicación de cuatro principios: agilidad, uniformidad, simplificación y digitalización.

En el replanteamiento de la gestión de las oficinas de extranjería, se concretan las siguientes acciones:

  • Se establece el compromiso de crear una Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX): para avanzar hacia una administración sin papeles, en la que opere una ventanilla única; homogeneizar los tiempos de resolución y uniformidad de criterios en todo el territorio nacional; agilizar los trámites donde se dé una mayor concentración de solicitudes; y creando una sede de gestión de tramitación digital y masiva de expedientes, que centralice partes de la instrucción a nivel nacional.
  • La mejora de la tramitación en las Oficinas Consulares.
  • Reducción de cargas administrativas: ampliación de la duración de las renovaciones a cuatro años; aumento del número de autorizaciones para trabajar bien sea por cuenta ajena o propia; reducción de trámites innecesarios, como el de los estudiantes de educación superior que quieran trabajar; y reducción de otros plazos.

USO, a favor del cambio hacia el nuevo Reglamento de Extranjería

USO se posiciona a favor del cambio reglamentario por las siguientes razones:

  • Por dos causas principales que expone el documento resumen de la reforma del reglamento: por un lado, el modelo contemplado hasta ahora no regula la inmigración, sino que la desregula. Por otro, parte de la inmigración que se ha regulado no se ha realizado a través de los cauces correctos. Un ejemplo de esto último es el uso de la protección internacional con fines económicos.
  • Mientras miles de personas esperan ver regularizada su situación legal, existe una realidad paralela en la que una gran cantidad de empresas no son capaces de cubrir sus vacantes. Esta falta de cobertura profesional supone un freno al crecimiento económico y demográfico que tanta falta hace en estos momentos.
  • Por otro lado, los procedimientos de arraigo anteriores no resultaban efectivos, especialmente por la lentitud con la que se estaban llevando a cabo. Los porcentajes de cumplimiento de expedientes en plazo son muy bajos en una gran parte del territorio, lo que generaba mucha desigualdad. Además, la reducción burocrática con respecto de esta cuestión puede suponer un cambio cultural en la Administración Pública.
  • La flexibilización que se presupone con los cambios aprobados favorece el cumplimiento de los derechos humanos; contribuye a mejorar las situaciones de vulnerabilidad para las personas y su situación jurídica; permite afrontar el reto demográfico; y facilita la reducción de los mercados sumergidos, a la vez que se dinamiza la economía del país.