El sindicato USO ha pedido participar en la Mesa ministerial que abordará el reglamento que se aplicará a los planes de igualdad

La Secretaría de Formación Sindical e Igualdad del sindicato USO ha solicitado a los ministerios de Trabajo, de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y de Igualdad la participación en la Mesa de Igualdad convocada para abordar el reglamento que se aplicará a los planes de igualdad en las empresas y que garantizará la igualdad salarial en los centros de trabajo a través del registro retributivo.

El fin de esta solicitud no es otro que el de aportar nuestras propuestas, opiniones, iniciativas, en materias en las que constantemente negociamos y participamos, para la defensa de los derechos de la igualdad entre hombres y mujeres. “La inclusión de USO en esta mesa se garantiza el pluralismo sindical, respetándose el principio de libertad sindical en toda su amplitud, al ser la USO un sindicato con suficiente implantación y representatividad, tercera fuerza sindical en España y que participa en multitud de planes de igualdad”, defiende Dulce Moreno, secretaria de Formación Sindical e Igualdad.

Pluralismo y mayor representación de los trabajadores en la Mesa de Igualdad

La participación de USO como agente social relevante a nivel estatal enriquecerá las propuestas e iniciativas, sin que ello suponga ningún obstáculo para la Mesa, estando mejor representados los intereses del conjunto de las personas trabajadoras a través de sus sindicatos, fomentando así el pluralismo y un mayor grado de participación de los agentes sociales, al oírse intereses y posiciones distintas y favoreciéndose un consenso más amplio en materia de Igualdad.

Con la propuesta de reglamento presentada actualmente por los agentes sociales, los sindicatos que no tengan la representatividad que fija el Estatuto de los Trabajadores para la negociación de convenios colectivos estarán fuera de la negociación de los planes de igualdad. Sin embargo, hasta la actualidad las mesas de negociación de los planes de igualdad se constituyen con toda la Representación Legal de los Trabajadores, en función de la representatividad en la empresa.

Por tanto, es necesario tener en cuenta el espíritu de la normativa de 2007 sobre los planes de igualdad, que son un foro de participación, negociación y consenso entre las partes, fuera de las limitaciones del 10% que establece la LOLS a la negociación colectiva.

Obligatoriedad de los planes de igualdad

Conforme a la Ley de 2007, las empresas de más de 250 personas en plantilla ya estaban obligadas a tener en vigor un plan de igualdad. Sin embargo, con la Ley de Medidas Urgentes para la Igualdad de Trato y de Oportunidades, que entró en vigor en marzo de 2019, empresas con plantillas más pequeñas estarán paulatinamente obligadas a negociar, firmar y mantener en vigor un plan de igualdad.

Estos son los plazos:

  • A partir del 7 de marzo de 2020, todas las empresas con más de 150 personas en plantilla deberán contar con planes de igualdad.
  • Del 7 de marzo de 2021 en adelante, estarán obligadas las empresas de entre 100 y 150 personas en plantilla.
  • Desde el 7 de marzo de 2022, la obligatoriedad se extiende a las empresas de entre 50 y 100 personas en plantilla.

Además denunciamos que, tras 13 años de la Ley de Igualdad de 2007, la inexistencia de un registro fehaciente que nos indique cuántas empresas tienen ya un plan de igualdad, dificulta hacer un buen seguimiento de la misma, rondando el grado de cumplimiento de la ley en este sentido en tan solo un 10% de las empresas que lo tienen según las diversas estadísticas ofrecidas desde los ministerios.