La Asesoría Jurídica Confederal de USO participa en la Jornada Anual del SIMA-FSP en la que se abordan los beneficios de la mediación intrajudicial

La Fundación del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA-FSP), en su trigésimo aniversario, ha celebrado su XXIII Jornada Anual, a la que han asistido las letradas María Eugenia Moreno y Julia Bermejo en representación de la Asesoría Jurídica Confederal de USO.

Bajo el lema “Escucharnos para entendernos”, en esta ocasión la Jornada del SIMA-FSP ha puesto en valor la importancia de la mediación intrajudicial en el orden social como un sistema eficaz y rápido para la resolución de los conflictos en las relaciones laborales.

Para ello se han celebrado dos mesas redondas en las que han participado los miembros del Patronato de la Fundación SIMA-FSP y magistrados de las Salas de lo Social de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, que han realizado un recorrido por los orígenes del actual sistema de mediación intrajudicial en el orden social que, partiendo del Convenio de Colaboración suscrito el 19 de julio de 2024 entre el CGPJ y las Organizaciones firmantes de VI ASAC (Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos) ha concluido con la firma, el pasado 12 de diciembre de 2025, del “Protocolo de Actuación y puesta en marcha de la mediación intrajudicial entre la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional y la Fundación SIMA-FSP” cuyo objeto es impulsar, difundir e implantar un sistema de solución de conflictos en el ámbito de la Sala de lo Social de la AN.

Mediación intrajudicial para resolver la alta conflictividad en materia laboral

Todos los participantes en la Jornada SIMA-FSP han puesto de relieve la alta conflictividad existente en materia laboral y el colapso que sufren los tribunales y que impide que el derecho a la tutela judicial efectiva llegue de forma inminente a los interesados. De ahí la necesidad de establecer un sistema de solución autónoma de conflictos que ofrezca soluciones claras, rápidas, eficaces y compartidas en un foro en el que podrán exponer libremente sus pretensiones sin la presión que suponen los juicios. Todo ello teniendo en cuenta, que, en numerosas ocasiones los conflictos no finalizan con una sentencia sino que continúan más allá de las resoluciones judiciales.

También se ha destacado la importancia de dar a conocer los beneficios de este sistema a todas las comunidades autónomas, para que puedan suscribirse convenios similares entre los Tribunales Superiores de Justicia y los órganos de mediación autonómicos. Todo ello amparado en una formación rigurosa de los mediadores que, en el caso del SIMA-FSP, se viene realizando en colaboración con la OIT.

Mecanismos para agilizar la justicia

Especial relevancia ha tenido la intervención de Ricardo Bodas, quién durante muchos años ha presidido la Sala de lo Social de la AN y que culminó su labor como magistrado en la Sala de lo Social del TS antes de pasar a ocupar el cargo que desempeña actualmente como vocal del CGPJ. Partiendo de la afirmación de que el derecho del trabajo se nutre del conflicto, Bodas ha destacado la importancia de buscar espacios comunes que recojan las inquietudes de ambas partes y que sitúen a “la cultura de la autocomposición” por encima de “la cultura actual de la jurisdicción” a la que tanto ha contribuido nuestra legislación en materia social que partía de la base de considerar que los tribunales iban a solucionar más fácilmente los conflictos que los órganos de mediación.

También ofreció datos concretos que ponen de manifiesto que parte de la litigiosidad existente no es real. Por ejemplo, en 2024 se dictaron en toda España 22.363 sentencias y 59.672 autos. No obstante, 187.655 casos se resolvieron mediante decretos, de los cuales 106.000 eran de desistimiento. Todo ello evidencia que se está utilizando la jurisdicción social de una manera desmedida e irracional y que los tribunales están dando una respuesta tardía e insuficiente a la conflictividad tanto individual como colectiva.

Por último, Ramón Gallo, actual presidente de la Sala de lo Social de la AN, confirmó que desde la firma del protocolo, en diciembre de 2025, a pesar del poco tiempo transcurrido, ya se han remitido 5 despidos colectivos al SIMA a efectos de intentar llegar a un acuerdo pactado entre empresas y sindicatos. De estos, 3 han concluido con acuerdo y 2 todavía están en tramitación. En palabras de Ramón Gallo: “a veces incluso la mejor sentencia que se puede poner no es la mejor solución para un conflicto”. De ahí, la importancia de que los tribunales detecten los conflictos de intereses que hay detrás de cada asunto sometido a su conocimiento.

Desde la Unión Sindical Obrera valoramos este tipo de iniciativas que contribuyen a logar una solución rápida y eficaz a la conflictividad laboral, aunque, una vez más, lamentamos que la legislación vigente nos impida formar parte de las entidades firmantes del VI ASAC, así como de los órganos de mediación. No ocurre lo mismo con la Mesa de lo Social de la Audiencia Nacional, órgano del que formamos parte desde su creación y donde siempre se ha dado cabida a todas las organizaciones sindicales.