FEUSO firma el VII Convenio Colectivo de Enseñanza Concertada que da estabilidad al sector en un contexto de crisis económica y sanitaria. Te resumimos las principales novedades

FEUSO y el resto de organizaciones sindicales (FSIE, UGT Y CCOO), junto con las patronales del sector, han firmado el VII Convenio Colectivo de la Enseñanza Concertada. El nuevo convenio colectivo para la Concertada desarrolla el preacuerdo firmado el pasado 30 de abril. Tras meses de negociación, FEUSO valoramos la firma de este convenio, que va a dar estabilidad al sector en un contexto de crisis económica y sanitaria y que se encuentra a la expectativa de las consecuencias que la aplicación de la LOMLOE puede tener entre los trabajadores de los centros concertados.

Todas las organizaciones de la mesa negociadora han firmado el nuevo convenio de la Enseñanza concertada, lo que pone de manifiesto la voluntad de negociación y de alcanzar acuerdos de todas las partes.

El nuevo convenio contiene reivindicaciones propuestas por FEUSO y consolida, además, las alcanzadas en el anterior. También deja abierta la puerta para continuar negociando en diferentes Comisiones Técnicas otras cuestiones de vital importancia para el futuro del sector.

FEUSO considera que con la firma de este convenio van a mejorar las condiciones de trabajo tanto de docentes como del personal de Administración y Servicios y el personal complementario titulado, dando estabilidad al sector durante los próximos cuatro años.

La Federación de Enseñanza del sindicato USO continuará trabajando para que los trabajadores de este sector sigan mejorando sus condiciones salariales y laborales; se homologue su trabajo en relación a los docentes y no docentes de la enseñanza pública, y se valore y prestigie más las funciones que realizan en beneficio de la sociedad.

A continuación os exponemos los principales cambios laborales que trae consigo el nuevo Convenio de Enseñanza Concertada en materia de permisos, jornada, excedencias, salarios, etc.

Permisos retribuidos

  • Cuando el día del hecho causante coincida con festivo, el permiso retribuido empezará a disfrutarse el primer día laborable. Además, en los casos en los que coincida con día laborable, si el trabajador ya hubiera realizado el 70% de la jornada, dicho día no computará, empezando a contarse a partir del día siguiente. También, en caso de coincidir algún día con el fin se semana, este no se contará dentro del cómputo de días a los que se tenga permiso.
  • Hospitalización de un familiar: se regula la posibilidad de diferir el día de comienzo del disfrute, de tal forma que no debe necesariamente coincidir con el primer día del hecho causante. Es decir, el permiso podrá comenzar a lo largo de la hospitalización. De esta forma, se da una mejor respuesta a la finalidad de este permiso, permitiendo que las personas hospitalizadas puedan verse acompañadas y ayudadas de sus familiares durante más tiempo.
  • Creación de una bolsa de 20 horas retribuidas para todo el personal que se podrán disfrutar a lo largo del año para la asistencia a consultas médicas, tanto propias como de hijos menores de edad, cónyuge, padres y familiares de primer grado de consanguinidad que no puedan valerse por sí mismos.
    La creación de un permiso de estas características era una petición largamente solicitada por los trabajadores, ya que ni el convenio ni el Estatuto de los Trabajadores recogen esta posibilidad. Hasta ahora, los trabajadores tenían que recuperar posteriormente las horas de ausencia o se les podía descontar de su salario el tiempo que se habían ausentado. Ahora, podrán acudir al médico y acompañar a hijos y familiares, sin merma alguna de sus condiciones laborales. De esas 20 horas, 10 podrán ser destinadas para asistir a tutorías de los hijos.
  • Las parejas de hecho legalmente registradas podrán disfrutar del permiso de matrimonio en los mismos términos que los propios matrimonios, permiso que experimentará una mejora en el convenio posibilitando anticipar su disfrute hasta tres días antes del hecho causante.

Excedencias y jornada

  • En relación con las excedencias, se crea una nueva destinada a las víctimas de violencia de género, por un tiempo entre tres meses y un año, con reserva de puesto de trabajo.
  • Mejora de la excedencia voluntaria al introducir la posibilidad de pactar la reserva del puesto de trabajo. Hasta ahora sólo se mantenía una mera expectativa.
  • En materia de jornada, se reduce la del personal de Administración y Servicios (PAS) en un total de 30 horas anuales a lo largo de la vigencia del convenio. De las 1.600 actuales, se pasará en 2022 a 1.590 horas anuales; en 2023 a 1.580 y en 2024 quedará definitivamente cerrada en 1.570 horas. Sus salarios experimentarán, además, los mismos incrementos que el resto de personal para los años 2020 y 2021.

Salarios y complementos

  • Creación de nuevos complementos salariales, como por ejemplo, los sexenios. Se faculta a las organizaciones negociadoras del Convenio para que, en los ámbitos autonómicos, se puedan alcanzar acuerdos que regulen la creación de nuevos complementos que, en ningún caso, puedan poner en riesgo la actual estructura salarial.
  • Subida salarial del 2% y del 0,9% para 2020 y 2021, respectivamente, para todo el personal y sobre todos los conceptos. Estas tablas salariales reconocen unos incrementos salariales iguales para el personal en pago delegado y el personal en pago directo.

Creación de Comisiones Técnicas

La creación de Comisiones Técnicas es uno de los puntos más importantes del nuevo Convenio Colectivo de la Enseñanza Concertada. Esto va a permitir poder modificarlo o incluir nuevos aspectos no regulados en el convenio firmado, tal y como se hizo durante la vigencia del VI Convenio con la regulación del registro de jornada y de las salidas escolares.

En este sentido, se prevé la creación de Comisiones Técnicas que, a lo largo del VII Convenio, se encargarán de negociar aspectos de vital importancia como: teletrabajo, desconexión digital, clasificación profesional y la realización de cursos de formación.

Otras novedades del Convenio de Enseñanza Concertada

Además de todos estos temas, que mejoran las condiciones socioeconómicas de los trabajadores de la Enseñanza Concertada, el convenio incluye otras novedades como:

  • disminuir a 15 días el preaviso para el acceso a centros públicos de quienes ya estaban en las listas;
  • regular, previo visto bueno de la comisión paritaria, la ampliación del contrato eventual para situaciones excepcionales, de forma que se facilite la ampliación de plantilla en situaciones como la pandemia, o
  • facilitar la disminución de la carga lectiva de los mayores de 58 años, sin que afecte a su salario, cuando en el ámbito autonómico se lleven a cabo incrementos de ratio que lo posibiliten.