La Coordinadora Sindical Estatal, compuesta por USO, CCOO y UGT, han acordado, una vez publicados los Presupuestos Generales del Estado, que se constituya la comisión negociadora del I Convenio Colectivo del Grupo Aena, citando a las empresas del Grupo el próximo 12 de julio para abordar cuatro reivindicaciones acordadas por la plataforma sindical: subida salarial, empleo, medidas sociales y estabilidad laboral.

La Coordinadora Sindical Estatal propone una subida salarial consecuente con la reducción de tasas -superior a los 350 millones anuales-. La plantilla del Grupo Aena ha perdido casi un 8% desde que empezaron los recortes en 2010.

Por otra parte, la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017, regula una tasa de reposición del 100% para el Grupo Aena, en la medida en que lleva dos años de beneficios. No obstante, dado el importante aumento de productividad año tras año (superior al 20%), es imprescindible ir más allá del 100% de la tasa de reposición, que el propio articulado de la LPGE de 2017 permite. Por lo tanto, el Grupo Aena se encuentra en condiciones de acometer una creación de puestos de trabajo acordes a los parámetros de productividad actual y que permita una mayor creación de empleo.

Además, la situación actual del Grupo permite la adopción de medidas sociales y de conciliación, hasta ahora no aplicadas como la regulación de permisos del convenio, disposición de los asuntos propios, uso social de las instalaciones de la entidad, o un nuevo marco de acción social, que forman parte del conjunto de reivindicaciones de los sindicatos.

También se reivindica el acuerdo de prórroga de la vigencia del I Convenio del Grupo Aena hasta el 31 de diciembre de 2021. El DORA (en Aena SME) y el “Plan 2020” (Enaire EPE) son documentos aprobados por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Fomento. Del mismo modo en que ambos dotan de estabilidad legal en los próximos años, el vigente I Convenio Colectivo del Grupo Aena también lo hace con las condiciones laborales. Así pues, tal y como ha sido firmado en dos ocasiones con la mayoría de la representación sindical, es indispensable su inmediata publicación en el BOE, como garantía de estabilidad para el conjunto de los trabajadores.