El Juzgado de lo Social nº 1 de Guadalajara ha emitido sentencia en la que determina que el voto por correo que se aceptó en las elecciones al comité de SSG, celebradas en marzo de 2018, no es válido al no certificarse que los votantes hubieran presentado su voto junto con su DNI o con autorización notarial individual.

“Los votos fueron remitidos desde la misma oficina de Correos cercana a la sede de UGT y por un responsable de dicho sindicato en SSG, irregularidades que pusimos en conocimiento de la mesa electoral”, recuerda María Notario, secretaria general de USO en SSG.

Ante estos hechos, la justicia ha determinado que los votos por correo no fueron válidos, confirmando de esta manera el laudo que determinaba que debía repetirse el proceso electoral. “Estamos satisfechos con esta decisión judicial que contribuirá a que las elecciones se realicen limpiamente, velando por los derechos de los trabajadores a elegir libremente a sus representantes sindicales”, concluye Notario.