USO valora la Ley de Paridad a la vez que defiende la aplicación de medidas integrales para abordar la infrarrepresentación de las mujeres

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 5 de diciembre el Anteproyecto de Ley Orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres. Con esta Ley de Paridad se da continuidad a la Ley Orgánica 2/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y constituye un paso más en el compromiso de España por lograr la igualdad real.

Esta iniciativa pretende cumplir con el principio constitucional de igualdad, el de participación equilibrada entre hombres y mujeres, además de transponer la Directiva Europea 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de noviembre de 2022, que tiene el objetivo de lograr el equilibrio de género en la administración de las sociedades cotizadas y medidas conexas. La Ley ha sido remitida a las Cortes para su aprobación.

Desde USO valoramos esta iniciativa legislativa con la que se dará un paso más en la presencia de las mujeres en puestos de decisión. Sin embargo, tenemos muy claro que la infrarrepresentación de las mujeres tiene como causa muchos otros factores. Lamentablemente, los cambios sociales no se dan por decreto y, para lograr la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, es necesario realizar una transformación integral.

“Una ley no bastará para que las mujeres estén empoderadas y logren ascender en su carrera profesional. La meritocracia a día de hoy es una falacia y más aún cuando hablamos de la carrera profesional de las mujeres. Acciones como las que impulsa esta Ley de Paridad son efectivas siempre que vayan acompañadas de otras estrategias que consideren ampliamente la situación de las mujeres y tracen una línea de acción para transformar su realidad. A día de hoy, lo que vemos en esta iniciativa es un gran riesgo de caer en la justificación: por parte de los órganos directivos, de que no hay mujeres que cumplan con el perfil profesional o que estén interesadas en ocupar esos cargos, o, peor aún, de que se nombren mujeres para cumplir con la Ley y las decisiones las sigan tomando los hombres”, reflexiona Lourdes Pedrazuela, secretaria de Políticas Sociales, Igualdad y Formación de USO.

Representación equilibrada en las empresas del Ibex

Para ello, el proyecto de Ley de Paridad incluye el principio de representación equilibrada en el ámbito empresarial. De esta forma, los consejos de administración de las sociedades cotizadas y de las entidades de interés público que tengan más de 250 trabajadores, una cifra de negocios de más de 50 millones de euros o un activo superior a 43 millones de euros deberán tener una composición paritaria.

Así, las mujeres no podrán representar un porcentaje menor al 40% en el consejo, estableciendo que ante el empate de candidaturas de hombre y mujeres se deberá elegir al sexo menos representado. Asimismo, establece como infracción grave el incumplimiento de este mandato para las sociedades cotizadas, castigada con multa económica e, incluso, suspensión de la cotización.

También para el Gobierno, órganos constitucionales y la Administración General del Estado

La participación equilibrada también se aplicará al Consejo de Ministros. En este sentido, ningún sexo podrá tener menos del 40% de representación en la titularidad de las vicepresidencias y ministerios. Deberá aplicarse paulatinamente en la Administración General del Estado y, posteriormente, en todas las entidades del sector público estatal. También en Juntas de Gobierno de los colegios profesionales, tribunales, jurados y órganos colegiados constituidos para otorgar premios o condecoraciones de la Administración General del Estado o entidades integrantes del sector público institucional estatal o cuando sean presididos por representantes de aquellas.

Una de las novedades que incorpora esta iniciativa de ley son las “listas cremallera”, es decir, las candidaturas para procesos electorales deberán integrarse con personas de ambos sexos ordenadas de forma alternada.