¿Cuáles son las instalaciones y servicios mínimos en un centro de trabajo?
USO te resume el Real Decreto 486/1997 que establece los requisitos mínimos de instalaciones y servicios como agua potable, vestuarios, retretes y locales de descanso que debe tener cualquier centro de trabajo
El Real Decreto 486/1997, sobre condiciones mínimas de los centros de trabajo, también indica las obligaciones de la empresa en cuanto a la existencia y condiciones de los servicios higiénicos mínimos y los locales de descanso de que debe disponer en centro de trabajo. El sindicato USO te explica cuáles son.
Agua potable
El centro de trabajo dispondrá de agua potable en cantidad
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