El Tribunal Supremo exime a las empresas de registrar la jornada de sus trabajadores
El Tribunal Supremo ha fallado que las empresas no están obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral. Según la sentencia, en la que el Alto Tribunal interpreta el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores, solo deben contabilizar las horas extras realizadas.
Pese al sentido del fallo, el Supremo admite que «convendría una reforma legislativa que clarificara la obligación de llevar un registro horario y facilitara al trabajador la prueba de la realización de horas extraordinarias». No obstante, señala
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