La siniestralidad laboral del primer cuatrimestre refleja un leve descenso de la mortalidad, pero un aumento de los accidentes de trabajo con y sin baja

Los datos de siniestralidad laboral reflejan que, en el acumulado entre enero y abril de 2021, el número de accidentes de trabajo con baja fue de 176.624 y el de accidentes de trabajo sin baja, de 162.694. Por lo tanto, con respecto al mismo cuatrimestre de 2020, han aumentado un 8,5% los que no requirieron baja y en un 16,9% los accidentes con baja. En total, se produjeron 152.263 accidentes en jornada de trabajo y 24.361 accidentes in itinere. Eso supone un aumento de 15,4% y 26,9%, respectivamente.

La peor cara de la siniestralidad laboral son sin duda los accidentes mortales. En ese período, han fallecido 211 personas. Supone una reducción del 4,3% con respecto a 2020, pero hay que matizar que, a pesar del parón de las semanas del estado de alarma, aún nos referimos a un período que incluye meses de 2020 en los que había mucha más actividad laboral de la que ha habido en enero-abril de 2021.

211 personas murieron por accidente de trabajo, aunque se registra un leve descenso de accidentes mortales

De las 211 personas que han perdido la vida en el trabajo, 176 han fallecido durante su jornada laboral. 160 eran hombres; 16, mujeres. Solo figuran 5 fallecimientos por covid-19 como accidente laboral. Recordemos que son muy pocas las profesiones donde se reconoce esta muerte como causa laboral y, en su mayoría, son colectivos vacunados. En USO seguimos clamando por un reconocimiento generalizado, pues no se puede demostrar que la enfermedad no se contrajese en el puesto de trabajo.

De los fallecidos en el puesto de trabajo, 192 tenían una relación de asalariados; 19 trabajaban por cuenta propia.

Bajan levemente los accidentes mortales, pero, por el contrario, suben los leves y los graves. Los primeros, en un llamativo 15,5%. En el caso de los graves, aumentan un 7,3%. La siniestralidad laboral sigue siendo en España una pandemia de raíces antiguas que solo se atajará con una apuesta decidida por la Prevención de Riesgos Laborales.

No volver del trabajo: 35 personas fallecieron en accidentes in itinere

In itinere han fallecido 35 personas. De ellas, 30 eran hombres y 5, mujeres. También aquí se ha registrado un descenso del 25,5%, que puede estar relacionado con una mayor implantación del teletrabajo en los primeros meses de 2021.

Del total de fallecimientos hacia o desde el trabajo, 30 han sido accidentes de tráfico; 3 por infartos, derrames cerebrales u otras causas naturales; y 2 por otras causas. En cuanto a la situación profesional, 34 eran personas asalariadas. Por el contrario, los accidentes leves y graves aumentan un 27,2 % y un 12,6%, respectivamente.

Accidentes mortales: distribución por sectores

Por sector de actividad, en Servicios aumentan los accidentes que se produjeron en jornada de trabajo en un 21,3%. Los descensos se distribuyen en un 44,4% en el sector agrario; 19% en Industria y 14,3% en Construcción.

sindicato-uso-siniestralidad-laboral-mortalidad-abril-2021

Gráfico 1. Elaboración propia. Fuente: MITRAMISS

Profundizando más por sector, sección y división, podemos observar que en el transporte terrestre y por tubería han fallecido 28 personas, 6 en servicios anexos y 2 en servicios postales; 4 en la industria de la alimentación, 5 en la fabricación de productos metálicos y 4 en la fabricación de hierro o acero; 17 en actividades de construcción especializada, 5 en construcción de edificios y 1 en obras de ingeniería civil. También debemos destacar las 8 personas que han fallecido en servicios a edificios y actividades de jardinería.

sindicato-uso-siniestralidad-laboral-sectores-abril-2021

Gráfico 2. Elaboración propia. Fuente: MITRAMISS

En cuanto al lugar donde se produce el accidente, 59.342 se dieron en zonas industriales; 20.175 en lugares de trabajo del sector servicios, oficinas, zonas de ocio; 19.467, en lugares públicos y medios de transporte; 15.842 en obras, construcción, cantera, minas a cielo abierto; 11.815 en emplazamientos agrícolas, ganaderos, forestales, de piscicultura; y 13.840, en centros sanitarios.

Gráfico 3. Elaboración propia. Fuente: MITRAMISS

En relación con la actividad física que estaba realizando la persona que sufrió el accidente, llama la atención que 32 personas fallecieron y 86 sufrieron accidentes con consideración de graves por estar presentes; hubo 35 personas fallecidas y 282 graves por andar, subir o correr; además de las 62 personas que han fallecido conduciendo. Por la forma en que se produjo el accidente, 67 personas han fallecido por infartos, derrames cerebrales y otras causas estrictamente naturales; 19 por caída desde altura y 10 por caerse un material sobre la persona.

sindicato-uso-siniestralidad-laboral-gravedad-abril-2021

Gráfico 4. Elaboración propia. Fuente: MITRAMISS

En cuanto al covid-19, se han notificado 5.314 accidentes de trabajo, sin especificar su gravedad. La distribución por sexo es de 4.266 mujeres y 1.088 hombres. Por actividad económica, la más contagiada son las actividades sanitarias con 4.962 seguida de la asistencia en establecimientos residenciales con 221 contagios.

Análisis de la siniestralidad laboral: medidas y actuaciones contra la infradeclaración

En USO, consideramos que el pequeño descenso de la siniestralidad es una buena noticia demasiado relativa y agridulce, ya que ha bajado la mortalidad en un 8,7%, pero los accidentes leves y graves durante la jornada de trabajo aumentan un 15,5% y un 7,3%, respectivamente. En los accidentes in itinere, también se da un aumento de un 27,2 % en los calificados como leves y un 12,6%, en los graves.

Teniendo en cuenta la infradeclaración que realizan las mutuas, muchos de estos seguramente tengan realmente la consideración de graves; incluso se declaran sin período de incapacidad temporal, cuando es notorio que se necesita un reposo o rehabilitación antes de reincorporarse al puesto de trabajo después del accidente. Con esta actuación, evitan que la Inspección de Trabajo investigue las causas de los accidentes, algo que es obligatorio legalmente cuando son graves, muy graves o mortales.

Otra práctica, sobre todo en grandes plantillas, es la de extender permisos retribuidos para accidentes que no revistan mucha gravedad y poco tiempo de reposo. Se ahorran así todo el proceso de investigación y la implantación de nuevas medidas preventivas para evitar nuevos accidentes. La consideran como una situación transitoria de especial sensibilidad por el estado de salud tras el accidente, conforme al art. 25 LPRL.

Ante estas prácticas, es competencia de la representación preventiva vigilar que, en primer lugar, sea declarado como accidente de trabajo, por si hubiese recaída o agravamiento de enfermedades intercurrentes y no se pierdan derechos; y, en segundo lugar, comprobar que la gravedad está bien delimitada.

En caso contrario, debe denunciarse ante la ITSS, que ya conoce e investiga de oficio está infradeclaración, sobre todo en casos de accidentes leves, cuyos procesos han desembocado en solicitudes de incapacidades permanentes totales, que son las que inhabilitan para la profesión habitual de la persona trabajadora.