Europa confirma que las indemnizaciones por despido improcedente en España son insuficientes y no disuaden a las empresas
El Comité Europeo de Derechos Sociales ha vuelto a ser muy claro en su resolución sobre el despido en España: la ley no garantiza indemnizaciones suficientes ni disuasorias.
El dictamen del CEDS insiste en que la indemnización para los despidos improcedentes (33 días por año trabajado, con máximo de 24 mensualidades) es más bien un incentivo para que los empresarios despidan a las personas trabajadoras. Las cifras hablan por sí solas: la cuantía de las indemnizaciones por despido improcedente han descendido en torno al 20% y se producen un 8% más de rescisiones de contratos, con respecto a 2019.
El despido en España no cumple con los estándares de la Carta Social Europea
El Comité Europeo de Derechos Sociales responde a la denuncia de CCOO contra España por vulnerar la Carta Social Europea, al considerar insuficiente el sistema de protección ante despidos improcedentes.
Concretamente, la reclamación se centra en la falta de readmisión obligatoria por parte de los tribunales, incluso cuando hay fraude o se vulneran derechos fundamentales. La denuncia también considera que las indemnizaciones por despido improcedente son insuficientes, sin mínimos garantizados ni relación con el daño real sufrido. También existe desigualdad en la compensación por contratos temporales fraudulentos, especialmente en el sector público. Además, se hace alusión a la falta de efecto disuasorio en las indemnizaciones frente a los empleadores.
La conclusión del CEDS en este sentido es que España incumple el artículo 24 de la Carta Social Europea en varios aspectos:
- Falta de posibilidad de readmisión obligatoria en todos los casos.
- Insuficiencia de indemnizaciones en despidos improcedentes y contratos fraudulentos.
- Falta de medidas disuasorias contra los empleadores.
Sara García, secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO, aplaude la resolución del CEDS y coincide con su pronunciamiento sobre las deficiencias del sistema español. “El mecanismo de indemnización para el despido improcedente no permite obtener una compensación mínima y efectiva que tenga un efecto disuasorio para los empresarios ni permite a la persona despedida reclamar una indemnización adicional vinculada al daño real sufrido”, explica García.
También, la indemnización por despido improcedente es insuficiente para el daño causado por contratos temporales fraudulentos. Y, en este caso, los trabajadores de las Administraciones públicas están especialmente perjudicados pues reciben indemnizaciones inferiores a las previstas en casos de despido improcedente.
García insiste en otro problema grave: “los tribunales no pueden ordenar la readmisión en despidos improcedentes. Esto ocurre independientemente de las circunstancias o cuando el despido es fraudulento. Tampoco pueden hacerlo cuando el despido busca impedir el ejercicio de derechos laborales”.
El despido, fácil en España
Despedir en España es cada vez más fácil tras la reforma laboral. Las formas de extinción de contratos se han disparado.
El secretario general de USO, Joaquín Pérez, abordó esta problemática en el Congreso, donde expuso datos alarmantes sobre el incremento de las causas de baja: “las causas de baja extrañamente han cambiado mucho: se han incrementado las bajas voluntarias en un 158%; los despidos disciplinarios lo hacen en un 145%; por no superar el período de prueba en un 656%; los despidos por causas objetivas (empresa) en un 186% y las bajas por pasar a la inactividad de los fijos discontinuos en un 490%”. Figuras de destrucción de empleo sin indemnización que se suman al despido estándar barato en España y las empresas lo utilizan sin pudor contra los trabajadores.
Abordar correctamente el despido en España, individual y colectivo, es un asunto que se dejó fuera de la reforma laboral. “Es paradójico que UGT y CCOO, los dos sindicatos firmantes de la última reforma laboral, que no toca el despido ni las partes más lesivas de la reforma del 2012, hayan acudido al Consejo de Europa para denunciar que el Gobierno vulnera la Carta Social Europea. En ningún momento durante la negociación se movilizaron para presionar sobre este tema y firmaron”, puntualiza García. Al contrario, “USO se movilizó por considerar insuficiente esta reforma y exigió que se revertieran los derechos perdidos en las reformas anteriores como los salarios de tramitación y que se endureciera el despido, individual y colectivo, que la reforma de 2012 facilitó”, concluye.
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