La Audiencia Nacional ha estimado la demanda interpuesta por USO en impugnación del artículo 25 del Convenio Colectivo de Metalgráficas que, firmado por UGT y CCOO, contemplaba que “los trabajadores contratados con posterioridad al 31 de diciembre de 2014, no generarán el derecho a la percepción del premio de vinculación”.

Este artículo fue una de las causas por las que la Federación de Industria de USO no firmó el Convenio Colectivo al considerar que suponía una vulneración del principio de igualdad, única y exclusivamente basada en la fecha de ingreso en la empresa y era el remate final de la eliminación de la antigüedad que, en sucesivos convenios colectivos, han venido vendiendo CCOO y UGT.

La Audiencia Nacional fundamenta la estimación de la demanda de USO en la reiterada jurisprudencia de la propia Audiencia y el Tribunal Supremo sobre la existencia de doble escala salarial, prohibida por el principio constitucional de igualdad. El premio de vinculación ya apareció regulado en el convenio colectivo de 1996, habiéndose reconocido en los convenios colectivos posteriores con independencia del complemento de antigüedad y del complemento de jubilación, que quedó suprimido definitivamente en fecha de 31 de diciembre de 2004; lo que lleva en aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo de 10/11/2010 a la estimación de la demanda.

Esta sentencia, a instancia de USO, viene a demostrar que CCOO y UGT persisten en su política de discriminar a los nuevos contratados a partir de una determinada fecha, y que esta sentencia les devuelve el derecho perdido.

De haber prosperado la pretensión de la Patronal de Metalgráficas, CCOO y UGT de eliminar definitivamente el premio de vinculación para los trabajadores contratados a partir del 1 de Enero de 2015, sin duda, se hubiera convertido en el antecedente y excusa perfecta para en próximos convenios colectivos eliminarlo también a los contratados con anterioridad a la citada fecha.

Es hora de que los trabajadores del Sector de Metalgráficas tomen conciencia de la necesidad de cambio sindical, fortaleciendo la presencia de la USO en las empresas y en la mesa de negociación para contar con un sindicato independiente que, de verdad, defienda sus derechos.