USO te explica qué son los agentes cancerígenos y medidas de prevención frente estos en el lugar de trabajo

Los agentes cancerígenos o carcinógenos son agentes químicos, físicos o biológicos o alguna otra condición de trabajo que tiene la capacidad de causar cáncer o aumentar su incidencia.

Un mutágeno o mutagénico es un agente que aumenta la frecuencia de mutaciones, es decir, de cambios permanentes en la cantidad o en la estructura del material genético de una célula. Cuando estas mutaciones afectan a las células germinales (óvulos o espermatozoides) pueden transmitirse a la descendencia.

Ambos pueden tener origen físico, como, por ejemplo, la exposición a radiaciones ionizantes o la radiación ultravioleta. También origen químico, como resultado de la exposición a sustancias como, por ejemplo, el benceno o el formaldehido. O pueden tener origen biológico, causado por una infección de algunos agentes biológicos (virus, bacterias y parásitos).

¿Cómo se clasifican los agentes cancerígenos y mutagénicos?

A nivel europeo, el Reglamento (CE) nº 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (CLP) clasifica los carcinógenos en función de las pruebas procedentes de estudios fiables tanto en humanos como en animales, además de datos adicionales que estime adecuados.

En España se toma este Reglamento europeo como referencia a la hora de valorar las sustancias que están incluidas en los procesos productivos y su nivel de riesgo correspondiente para poder establecer un adecuado control de la seguridad y salud en el trabajo.

Se establecen diferentes categorías de peligro:

  • CANCERÍGENOS
    – Categoría 1, se divide en:
    • Categoría 1A: sustancias que se sabe que son carcinógenas para el ser humano en base a la existencia de pruebas en humanos.
    • Categoría 1B: sustancias que se supone que son carcinógenas para el ser humano en base a la existencia de pruebas en animales.
    – Categoría 2: sustancias para las que existe sospecha de ser carcinógenas para el ser humano en base a la existencia de pruebas limitadas de carcinogenicidad en el hombre o en los animales.
  • MUTAGÉNICOS
    – Categoría 1, se divide en:
    • Categoría 1A: sustancias de las que se sabe que inducen mutaciones hereditarias en células germinales humanas.
    • Categoría 1B: sustancias de las que se considera que inducen mutaciones hereditarias en las células germinales humanas.

Etiqueta de identificación

La etiqueta es un instrumento imprescindible a la hora de trabajar y manipular productos químicos y poder, así, conocer y controlar los riesgos asociados a la utilización de esos productos. No debería existir ningún producto o sustancia sin etiquetar en el espacio de trabajo. En caso de que sea así, debemos retirarlo y ponerlo fuera de circulación sin intentar averiguar de qué se trata pues una incorrecta manipulación por desconocimiento de lo que estamos manejando, puede poner en riesgo nuestra salud.

¿Cuáles son los datos que contiene la etiqueta? En el caso de una sustancia o mezcla carcinógena:

  • El pictograma de peligro para la salud:
  • Las palabras de advertencia: indica el nivel de gravedad. Puede ser: peligro, en caso de cancerígeno de categoría 1A o 1B, y atención, en caso de cancerígeno de categoría 2.
  • Indicación de peligro: frase que describe o concreta los peligros de una sustancia o mezcla. Por ejemplo: H350 “Puede provocar cáncer”; H350i “Puede provocar cáncer por inhalación” o  H351 “Se sospecha que provoca cáncer”.
  • Consejos de prudencia: frases con medidas recomendadas para su uso, manipulación, conservación, almacenamiento, etc. Algunos ejemplos que se pueden encontrar: P202 “No manipular la sustancia antes de haber leído y comprendido todas las instrucciones de seguridad”; P281 “Utilizar el equipo de protección individual obligatorio”; P308 + P313 “En caso de exposición manifiesta o presunta: Consultar a un médico”; P405 “Guardar bajo llave”; P501 “Eliminar el contenido/el recipiente en…”.

Si se trata de una sustancia o mezcla mutagénica:

  • El pictograma de peligro y las palabras de advertencia son los mismos para los cancerígenos
  • La indicación de peligro: H340 “Puede provocar defectos genéticos”; H341 “Se sospecha que provoca defectos genéticos”.
  • Se pueden encontrar también los mismos consejos de prudencia que en el caso de las sustancias cancerígenas.

Ficha de Datos de Seguridad (FDS)

La FDS es la herramienta fundamental para transmitir a los usuarios de sustancias y mezclas químicas información acerca de sus propiedades peligrosas, riesgos de utilización, así como las medidas que se deben implantar para que los riesgos derivados de su uso estén controlados. La FDS es la “versión extendida” de la Etiqueta, en ella encontramos toda la información detallada que, a modo de resumen, figura en la Etiqueta.
Su contenido debe ser conocido por los trabajadores que utilicen estas sustancias o mezclas o aquellas que puedan verse expuestas en el transcurso de su trabajo. La ficha de datos de seguridad consta de 16 secciones y un anexo (si se recogen escenarios de exposición).

Medidas de prevención en trabajos con agentes cancerígenos o mutagénicos

Cuando hay presencia de estos agentes en el lugar de trabajo, las medidas de prevención, reducción y control de la exposición se deben aplicar según un orden de prioridad en función de su efectividad.

  1. Sustitución: debe ser la medida prioritaria y es obligatoria siempre que sea técnicamente posible. Consiste en la sustitución por otro agente u otro proceso que no sea peligroso o lo sea en menor grado.
  2. Medidas técnicas y organizativas. Cuando la sustitución no sea técnicamente posible, la empresa debe garantizar que la producción y utilización del mismo se lleve a cabo en un sistema cerrado. Si no es así, la empresa debe garantizar que el nivel de exposición de las personas trabajadoras se reduce a un valor tan bajo como sea técnicamente posible, mediante otras medidas técnicas, como la extracción localizada o la ventilación general, y se deben aplicar las medidas higiénicas establecidas en la legislación.
  3. Equipos de protección individual. Cuando la sustitución no sea posible y las medidas de protección colectiva y organizativas no sean suficientes para evitar la exposición, se deberán adoptar medidas individuales de protección. La empresa debe proporcionar a los trabajadores los equipos de protección individual que sean necesarios y adecuados, en función de lo que determine la evaluación de riesgos, así como la formación e información para su correcto uso y mantenimiento. Los EPI deben ser apropiados para la anatomía de cada persona y se debe disponer de un lugar adecuado para su almacenamiento.

Desde USO queremos resaltar la importancia de tener acceso a la información que hemos señalado cuando tengamos que trabajar manipulando sustancias químicas o en su presencia. Solo así podemos tener la garantía de conocer las condiciones en que desarrollamos nuestro trabajo y, en caso de ser necesario, reclamar las medidas oportunas para poder hacerlo de manera segura. La seguridad y salud laboral no puede depender de la falta de información.