La Justicia obliga a registrar un plan de igualdad debido al bloqueo en la negociación por falta de respuesta de los sindicatos
El registro de un plan de igualdad resulta procedente cuando existe un bloqueo manifiesto en la negociación. Así lo ha establecido la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en su sentencia 3671/2025, de fecha 1 de julio de 2025, en la que se evidencia que la negociación de un plan de igualdad no debe verse afectada por la ausencia de respuesta sindical o la negativa a participar en la negociación.
Comisión negociadora del plan de igualdad
La controversia legal se deriva de que la empresa solicitó el registro del plan de igualdad y obtuvo la negativa de la Autoridad Laboral. El Ministerio de Trabajo alegó que la comisión negociadora no se encontraba constituida adecuadamente, de acuerdo al Real Decreto 901/2020. En concreto, recordaba que solo uno de los centros de trabajo contaba con representación legal de las personas trabajadoras y, para que los otros tres centros estuvieran representados, debía contactar con los sindicatos más representativos.
La empresa adjuntó como pruebas las reiteradas convocatorias a los sindicatos CCOO y UGT los días 22, 26 y 28 de julio, todas ellas sin respuesta.
En un nuevo oficio, se le reconoce que ha obrado correctamente, pero insiste en que “en ausencia de respuesta o en el caso de que los sindicatos declinen formar la comisión sindical para la que han sido convocados, este centro directivo les comunica que la empresa tendrá que requerirles cuantas veces sean necesarias que formen parte de la comisión negociadora del plan de igualdad”.
De nuevo, la empresa informa de que ha vuelto a convocar a dichos sindicatos en cuatro ocasiones, con espacio de diez días entre cada una de ellas, sin obtener respuesta alguna.
Desestimación del registro
A pesar de esa última alegación de la empresa, la Dirección General de Trabajo dictó resolución desestimatoria del registro del plan. Esta fue recurrida en la vía competente y posteriormente confirmada por el Ministerio del Trabajo y Economía Social.
Ante esta situación, la empresa, del sector de ingenierías y sistemas, recurre a la vía judicial. El Tribunal Superior de Madrid concede dejar sin efectos la desestimación del registro del plan de igualdad y condena a la Autoridad Laboral a registrarlo, estableciendo que ya se había dado un silencio administrativo positivo antes del primer requerimiento por haber pasado más de tres meses.
Trabajo, sin embargo, acudió, en casación, ante el Tribunal Supremo. El Alto Tribunal resolvió el asunto, adhiriéndose a la valoración hecha por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y ordenando la inscripción del plan de igualdad por silencio administrativo.
Relevancia de la sentencia
Esta sentencia resulta relevante porque forma parte de los criterios judiciales que van engrosando la doctrina en materia de planes de igualdad. En ella, la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid reitera los criterios para el registro de los planes de igualdad ante la falta de respuesta de la autoridad administrativa en el registro de los mismos. Y establece que el silencio administrativo deberá operar de manera positiva en materia de planes de igualdad.
Además, se reconoce un bloqueo en la negociación ante la falta de respuesta de los sindicatos más representativos, o bien, ante la declinatoria a participar en la comisión negociadora. Esto, a consideración del poder judicial, obstruye la negociación y no es motivo para frenar el impulso negociador de la empresa, ni tampoco para privar de los efectos de un plan de igualdad a la plantilla: debe registrarse el plan si se ha acreditado el bloqueo negociador por parte de los sindicatos.
“Desde USO, recordamos la importancia de celebrar elecciones sindicales, de elegir a tus representantes. Una plantilla sin representación legal puede verse en un callejón sin salida como este. Además, debemos recordar que una RLT puede ayudar a contar con un plan de igualdad realmente apegado a las necesidades de cada empresa y a su situación actual”, recuerda Lourdes Pedrazuela, secretaria de Políticas Sociales, Igualdad y Formación de USO.
Negocia y defiende tu plan de igualdad
Creemos firmemente en los planes de igualdad y confiamos en que serán motores de cambio al interior de las empresas españolas, ahora nos toca seguir trabajando en su consolidación y en garantizar que su cumplimiento se lleve a cabo.
Recuerda que en USO te podemos asesorar tanto para la negociación del plan de igualdad en tu empresa como para la implantación y seguimiento del mismo. Si necesitas alguna orientación o ayuda en estos procesos, no dudes en acercarte a la sede de USO más cercana. Allí, te brindaremos la orientación y el apoyo que necesites, también para presentarte con nosotros a las elecciones sindicales si tu empresa no cuenta con representación legal de los trabajadores para constituir las mesas.
Comments are closed.