USO ha presentado un escrito sobre la transposición de la directiva europea y el permiso parental, que perjudica a las madres biológicas

USO ha presentado ante el Ministerio de Igualdad un escrito oficial y fundamentado en un exhaustivo análisis jurídico sobre cómo España no ha garantizado plenamente los mínimos de la Directiva (UE) 2019/1158, sobre la conciliación de la vida familiar y laboral de progenitores y cuidadores, en relación con el permiso parental. Según motiva USO, la legislación española, aun de manera confusa y deslavazada, sí ha mejorado algunos derechos parentales para padres, adoptantes, acogedores y guardadores. Sin embargo, las madres que atraviesan el embarazo y el parto se ven perjudicadas. En las transposición de la normativa europea a España, a estas se les resta una semana retribuida del permiso hasta que el menor cumpla 8 años; derecho reconocido en dicha Directiva 2019/1158.

Esta establece un permiso parental individual de al menos cuatro meses hasta que el hijo o hija cumpla ocho años, con dos meses intransferibles y retribuidos, flexible en su disfrute y protegido frente a discriminación o despido. Su finalidad no es solo permitir la ausencia del progenitor, sino fomentar la corresponsabilidad en el cuidado y servir como vehículo de igualdad.

Sin embargo, la transposición a España no garantiza estos mínimos y crea un desfase que afecta directamente a la madre biológica, cuyo núcleo de derechos vinculados a la maternidad se ve reducido en comparación con otros sujetos.

Transposición escalonada e insuficiente

Para transponer la Directiva, España ha aprobado tres reales decretos. Y, en total, resultan insuficientes con respecto a la norma europea:

  • RDL 5/2023, de 28 de junio, que aborda la conciliación y otras medidas de respuesta social y económica.
  • RDL 2/2024, de 21 de mayo, destinado a completar la transposición de la Directiva y mejorar la protección por desempleo.
  • y RDL 9/2025, de 29 de julio, que amplía el permiso de nacimiento y cuidado en el Estatuto de los Trabajadores, el Trebep y la Ley General de la Seguridad Social.

Aunque estas normas han mejorado los permisos para muchos sujetos, no garantizan la equivalencia completa para la madre biológica, especialmente en el cómputo del permiso parental hasta que el menor cumpla ocho años. En España, este permiso se limita a dos semanas retribuidas, dejando a la madre con menos derechos y reduciendo la efectividad del permiso parental como instrumento de igualdad.

La madre biológica, una semana menos

El problema surge porque, mientras la Directiva reconoce 14 semanas de permiso de maternidad y 4 meses de permiso parental, de los cuales dos meses son retribuidos (8 semanas), en España la madre dispone actualmente de 19 semanas por nacimiento (de las cuales 2 semanas son hasta que cumpla 8 años) y aproximadamente 2 semanas de lactancia acumulada, lo que supone una semana menos que lo establecido por la normativa europea.

Esta diferencia puede parecer mínima, pero tiene efectos directos sobre la conciliación y la igualdad. La madre sigue siendo la principal responsable de los cuidados en las primeras etapas de vida del menor y la reducción del permiso retribuido implica que muchas mujeres deberán asumir parte del cuidado sin compensación económica. Se generará así una nueva desigualdad según la situación económica de cada familia.

Si los permisos parentales no son plenamente retribuidos, solo las familias con condiciones económicas solventes podrán permitirse que otro progenitor tome este tiempo, mientras que las madres con menor capacidad económica seguirán soportando la carga exclusiva del cuidado, perpetuando un modelo desigual que va en contra del espíritu de la Directiva.

Nuevas brechas de desigualdad

USO insiste en que, para cumplir con la finalidad de la Directiva, que es fomentar la corresponsabilidad y la igualdad, es necesario ampliar el permiso parental en al menos una semana retribuida para todos los sujetos con derecho, incluidas madres biológicas, personas progenitoras, adoptantes, acogedoras y guardadoras.

No se trata solo de cumplir la Directiva, sino de garantizar el interés de la infancia y asegurar que su cuidado no dependa de la capacidad económica de sus progenitores. Un permiso parental retribuido permite que ambas personas progenitoras puedan estar presentes sin que ello suponga una pérdida de ingresos. Sin esta medida, la normativa española perpetúa desigualdades y dificulta la corresponsabilidad efectiva en el cuidado de los hijos e hijas: en lo que respecta a mujeres y hombres; y en lo que respecta a familias con más y menos recursos. La pobreza en la infancia, uno de los principales problemas sociales en España, no se tiene en cuenta para esto, discriminando a estos menores en el cuidado por parte de sus progenitores.

Permiso parental retroactivo

La Directiva debió transponerse el 2 de agosto de 2022. Por ello, todos los derechos de conciliación que establece deberían extenderse a los menores que hoy tengan menos de 8 años.

Ante esta situación, desde USO solicitamos y resaltamos que:

  • la cláusula “pasarela” del artículo 20.6 de la Directiva no puede servir de excusa para perjudicar los derechos irrenunciables de la madre biológica, asegurando un núcleo mínimo de protección que otorga la Directiva 2019/1158.
  • se amplíe en una semana retribuida el permiso parental hasta que el o la menor cumpla ocho años, aplicable a todos los progenitores, adoptantes, acogedores y guardadores.
  • se proceda de manera inmediata a la remuneración efectiva del permiso parental, aplicándolo de forma retroactiva para menores que actualmente tengan menos de ocho años. Evitamos así desigualdades y desprotección para sus progenitores.

Con las medidas que proponemos, se garantiza la igualdad de trato entre personas progenitoras, la protección de los derechos irrenunciables de la madre biológica y la conciliación efectiva de la vida laboral y familiar. Y se cumple plenamente la Directiva europea, evitando que la maternidad siga generando desventajas económicas y sociales.

Incumplimiento manifiesto

USO recuerda que los retrasos en la remuneración y la insuficiente protección de la madre biológica representan un incumplimiento directo de la legislación europea, generando desigualdad y desprotección para quienes ejercen su derecho a cuidar de sus hijos e hijas. La organización sindical reitera su compromiso con la defensa de los derechos laborales y familiares y llama al Ministerio de Igualdad a adoptar las medidas necesarias para corregir estas deficiencias.