El Supremo considera que la indemnización por despido improcedente que no puede ser aumentada por vía judicial
Tras conocer el fallo del Tribunal Supremo sobre indemnización por despido improcedente, desde USO exigimos al Gobierno que se aborde la reforma del despido individual y colectivo, un asunto fundamental que se dejó fuera de la última reforma laboral.
“El Supremo ha dejado claro que el CEDS no es fuente de derecho y en USO entendemos que la única forma de deje de ser tan barato y fácil despedir en España, es modificar la normativa actual. La última reforma laboral, firmada por CCOO y UGT, no tocó el despido ni las partes más lesivas de la reforma del 2012. Llama la atención que ahora sean los mimos los que acudan a instancias europeas para denunciar al Gobierno, en lugar de exigir en el diálogo social la reforma del despido”, incide la secretaria de Acción Sindical y Empleo, Sara García.
Supremo: la indemnización no se puede aumentar por vía judicial
La sentencia del Supremo establece que la indemnización por despido improcedente fijada por ley no puede aumentarse por decisión judicial según las circunstancias específicas de cada caso. La decisión del Supremo viene a confirmar que las indemnizaciones, en la actualidad, cumplen con los convenios internacionales. Éstos solo exigen que sean “adecuadas”, sin especificar cantidades concretas.
El Alto Tribunal considera que las referencias a “indemnización adecuada” en el Convenio 158 de la OIT y la Carta Social Europea son declaraciones programáticas. Es decir, no tienen aplicación directa, sino que requieren desarrollo legislativo para ser concretas.
La sentencia también aclara que las decisiones del CEDS no son ejecutivas ni vinculantes para los tribunales nacionales, ya que no es un órgano jurisdiccional. Esta posición coincide con la adoptada por el Tribunal Supremo francés y el Constitucional italiano, reafirmando que las indemnizaciones por despido seguirán siendo las establecidas legalmente sin incrementos judiciales.
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