USO te resume las nuevas ayudas al turismo, hostelería y comercio aprobadas por el Gobierno y sus efectos en los ERTE y fijos discontinuos

El Consejo de Ministros ha aprobado nuevas ayudas al turismo, la hostelería y el comercio que se recogen en el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio, y en materia tributaria.

Este RD contiene un paquete de medidas de apoyo a estos sectores. Se trata de medidas tributarias; ayudas en los arrendamientos; apertura de una línea de préstamos ICO para pymes y autónomos; ampliación de la moratoria para presentar concurso de acreedores y se incluyen estos sectores dentro de los hiperprotegidos beneficiarios de las exenciones de cotización recogidas en la prórroga de los ERTE, regulada en el RD-Ley 30/2020.

Ayudas al turismo, la hostelería y el comercio que llegan con retraso

Desde USO, creemos que estas medidas llegan con retraso y son insuficientes. Llevan prometiéndose soluciones para estos sectores desde hace meses y, para muchas empresas y trabajadores, ya es demasiado tarde. Es importante resaltar que gran parte de las empresas afectadas son micropymes o autónomos del sector hostelero y del comercio minorista. Llevan meses padeciendo las consecuencias de la crisis sanitaria sin respaldo. Muchos se han visto abocados al cierre o a la destrucción de empleo para poder subsistir.

Incluye estos sectores dentro de los denominados hiperprotegidos. Es decir, dentro de los sectores que, en la prórroga de los ERTE, publicada in extremis a finales de septiembre, se benefician de las exenciones de pago de cuotas y otras ayudas. Desde USO nos parece un despropósito que no se incluyeran en ese momento y que lo hagan en este real decreto. Ha provocado que solo puedan beneficiarse durante diciembre y enero de 2021.

Teniendo en cuenta que, hasta noviembre de 2020, más de 473.000 personas trabajadoras de las actividades del turismo, hostelería y comercio siguen en situación de ERTE relacionado con el covid-19, que se aprueben estas medidas el 22 de diciembre es insultante.

¿Qué medidas laborales recoge el Decreto-ley 35/2020?

En materia laboral, la principal novedad del texto es la extensión de las exenciones previstas en la disposición adicional primera del Real Decreto ley 30/2020 de medidas sociales en defensa del empleo a determinados sectores económicos.

¿A qué se sectores se amplían las medidas recogidas en la prórroga de los ERTE?

Los sectores que pasan a ser hiperprotegidos son:

  • comercio al por mayor de bebidas.
  • restaurantes y puestos de comidas.
  • establecimientos de bebidas.
  • actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.

¿A qué empresas afecta?

Se podrán beneficiar las empresas de estos sectores que tengan expedientes de regulación temporal de empleo basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, prorrogados automáticamente hasta el 31 de enero de 2021 de conformidad con el artículo 1 del Real Decretoley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.

¿Qué periodo de aplicación tiene esta medida?

Esta medida se aplica los meses de diciembre de 2020 y enero de 2021. Su prórroga, en caso de que se lleve a cabo, se determinará en el nuevo acuerdo social que se está negociando en el marco de del diálogo social a tres, para el conjunto de sectores protegidos por los ERTE.

¿Qué exenciones de pago de cotizaciones a la Seguridad Social para empresas en ERTE de fuerza mayor recoge el Real Decreto?

Se regulan de la siguiente manera:

  • El 85% de la aportación empresarial devengada en diciembre de 2020 y enero de 2021, cuando la empresa hubiera tenido menos de 50 personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020.
  • El 75% de la aportación empresarial devengada en diciembre de 2020 y enero de 2021, cuando la empresa hubiera tenido 50 o más personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en situación de alta a 29 de febrero de 2020.

¿Qué medidas recoge para los trabajadores fijos discontinuos?

Las bonificaciones a los trabajadores fijos discontinuos son aplicables a las empresas encuadradas en el sector del turismo. También en el comercio y la hostelería, siempre que estén vinculadas al sector turístico.

Se mantienen las bonificaciones del 50% por extensión del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos desde el mes de abril hasta el mes de octubre de 2021.

Estas bonificaciones serán compatibles con las exenciones de cuotas empresariales a la Seguridad Social que pudieran corresponder. El importe resultante de aplicar las exenciones y estas bonificaciones no podrán, en ningún caso, superar el 100% de la cuota empresarial que hubiera correspondido ingresar.

Ampliación del periodo de solicitud del subsidio especial de empleo

En este RD de ayudas al turismo, hostelería y comercio, la disposición adicional quinta recoge la regulación de un nuevo plazo para la presentación de solicitudes para el subsidio especial por desempleo.

Las solicitudes podrán presentarse durante el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley. Las solicitudes presentadas pasado dicho plazo serán denegadas.