Desde el 1 de abril, el trabajador no tiene que entregar el parte de baja a la empresa
Desde el 1 de abril, los trabajadores ya no tienen que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal a su empresa, sino que se tramita por medios telemáticos desde las Administraciones
Desde el 1 de abril, el trabajador ya no tendrá que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal a su empresa, sino que las comunicaciones se harán por vía telemática entre las Administraciones y dicha empresa. Es la principal novedad del Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, y publicado hoy en el BOE. Este RD modifica el
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