Ante el coronavirus, en contratas hospitalarias, ¿quién tiene la obligación de entregar los EPI?
¿Qué ocurre con el personal no sanitario que trabaja en las contratas de los centros: limpieza, seguridad, cocina y transporte?
Desde el Gabinete de Salud Laboral de USO, desmenuzamos cómo debe ser la coordinación de actividades empresariales con contratas de los servicios de limpieza, cocina, transporte y vigilancia. Son las principales actividades que, sin ser sanitarias, prestan servicio a los centros sanitarios.
Esta coordinación de actividades empresariales está regulada en el art. 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Ha sido necesario un desarrollo reglamentario para marcar las obligaciones empresariales en
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